
El regulador de competencia de Brasil, CADE, aprobó la adquisición de Activision Blizzard por parte de Microsoft sin restricciones. Dice que la decisión se tomó para los consumidores brasileños y “no en defensa de los intereses particulares de competidores específicos”.
CONSEJO ADMINISTRATIVO DE DEFENSA ECONÓMICA
Brasil
“1128655”
Parecer nº 21/2022/CGAA3/SGA1/SG/CADE
Ley de concentración nº 08700.003361/2022-46
Reclamantes: Microsoft Corporation e Activision Blizzard, Inc.
Abogados: Francisco Todorov, Lorena Nisiyama e Matheus Nasaret
RESUMEN: Acto de Concentración. Procedimiento ordinario. Demandantes: Microsoft Corporation y Activision Blizzard, Inc. Ley 12.529/2011, art. 90, inciso II. Superposición horizontal en los mercados de desarrollo y publicación de videojuegos, distribución de videojuegos digitales, publicidad en línea y licencias para productos de consumo (merchandising). Cuotas de mercado bajas en la publicación de juegos, publicidad en línea y licencias para productos de consumo. Ausencia de nexo de causalidad entre la concentración generada en el mercado de distribución digital y la posible posibilidad de ejercer poder de mercado. Integraciones verticales y complementariedades relacionadas con los mercados de publicación de juegos, distribución de juegos, consolas de juegos y publicidad en línea. No hay posibilidad de cerrar mercados relacionados verticalmente. Aprobación sin restricciones.
I SOLICITANTES
I.1 Microsoft Corporation («Microsoft»)
I.2 Activision Blizzard, Inc. («Activision Blizzard»)
II ASPECTOS FORMALES DE LA OPERACIÓN
III DESCRIPCIÓN DE LA OPERACIÓN
IV LOS MERCADOS DE REFERENCIA.
IV.1 Consideraciones iniciales
IV.2 Definición de los mercados de referencia
IV.2.1 Desarrollo y publicación de videojuegos
IV.2.2 Distribución de videojuegos
IV.2.3 Hardware para juegos
IV.2.4 Publicidad en línea
IV.2.5 Comercialización
IV.3 Conclusión sobre los mercados de referencia
V SUPERPOSICIONES HORIZONTALES
V.1 Posibilidad de ejercer el poder de mercado
V.1.1 Consideraciones iniciales
V.1.2 Mercado de publicación de juegos
V.1.3 Mercado de distribución de juegos digitales
V.1.4 Publicidad en línea
V.1.5 Concesión de licencias para productos de consumo (comercialización)
V.1.6 Conclusión sobre la posibilidad de ejercer poder de mercado
VI INTEGRACIONES VERTICALES
VI.1 Consideraciones iniciales
VI.2 Publicación de juegos y distribución de juegos
VI.2.1 Desempeño de las Partes en mercados relacionados
VI.2.2 Cuotas de mercado
VI.2.3 Análisis del SG
VI.3 Publicación de juegos y consolas
VI.3.1 Desempeño de las Partes en mercados relacionados
VI.3.2 Competencia y cuota de mercado en el mercado de las consolas
VI.3.3 Posibilidad de cerrar el mercado de consolas
VI.4 Publicación y publicidad en línea
VI.5 Conclusión sobre las integraciones verticales
VII CLÁUSULA DE NO COMPETENCIA
VIII CONCLUSIÓN
VIII CONCLUSIÓN
Esta Transacción se refiere a la adquisición por parte de Microsoft de todas las acciones que representan el capital social de Activision Blizzard.
La Operación implica solapamientos horizontales entre las actividades de los Solicitantes destinadas al desarrollo, publicación y distribución de juegos electrónicos, además de otros servicios relacionados, que comprenden el siguientes mercados: (i) desarrollo y publicación de juegos; ii) distribución de juegos; (iii) publicidad en línea; y (iv) licencias para productos de consumo (merchandising). Adicionalmente, también implica la generación o refuerzo de integraciones verticales y complementariedades relacionadas con los siguientes segmentos: (i) publicación de juegos y distribución de juegos; (ii) publicación de juegos y consolas de juegos; (iii) publicación de juegos y publicidad en línea.
Los mercados de referencia potencialmente afectados por la Operación se examinaron en diferentes escenarios en función de las dimensiones geográficas y del producto, que son:
a) mercado para el desarrollo y publicación de juegos, considerando los siguientes escenarios:
a.1) publicación de juegos para todos los dispositivos (sin segmentación), en los escenarios mundiales y nacionales;
a.2) publicación de juegos de PC, en escenarios mundiales y nacionales;
a.3) publicación de juegos para consolas, en escenarios mundiales y nacionales ;
a.4) publicación de juegos móviles, en escenarios mundiales y nacionales;
b) mercado de distribución de juegos digitales, considerando los siguientes escenarios:
b.1) distribución digital de juegos para PC y consolas (sin segmentación), en escenarios mundiales y nacionales;
b.2) distribución digital de juegos de PC, en escenarios mundiales y nacionales;
b.3) distribución digital de juegos a consolas, en escenarios mundiales y nacionales;
c) mercado de consolas de juegos, en escenarios mundiales y nacionales;
d) mercado nacional de publicidad en línea , considerando los siguientes escenarios:
d.1) publicidad en línea (sin segmentación entre la búsqueda y la publicidad gráfica);
d.2) publicidad gráfica en línea; y
d.3) publicidad en línea dentro de los juegos (en el juego);
e) concesión de licencias para el mercado nacional de productos de consumo (comercialización).
Con respecto a los solapamientos horizontales encontrados en los mercados de publicación de juegos, distribución de juegos, publicidad en línea y licencias para productos de comercialización, el análisis mostró que el La operación no podría promover cambios significativos en sus respectivas estructuras de suministro, en ninguno de los escenarios considerados, ya sea porque la concentración generada fue inferior al 20%, o por la baja variación de la HHI señaló la ausencia de un nexo causal entre esta AC y la posible posibilidad de ejercer poder de mercado, de acuerdo con los parámetros definidos en la Resolución No . 33 del 14 de abril de 2022, de Cade.
En cuanto a los posibles efectos verticales , se buscó evaluar si, como resultado de la Operación, Microsoft tendría la capacidad o incentivos para promover el cierre de alguno de los mercados verticalmente relacionados o complementarios.
En cuanto a la posibilidad de cerrar el mercado de publicación de juegos (upstream), se encontró que, aunque Microsoft tiene el control de una parte relevante de los mercados de consolas y distribución digital de juegos (downstream), la compañía no tendría incentivos para dificultar el acceso de los editores competidores de Activision Blizzard a sus plataformas, ya que esto implicaría necesariamente una reducción de la cantidad y variedad del catálogo de juegos. disponible en el ecosistema Xbox, lo que hace que los productos y servicios de la compañía sean menos atractivos para los consumidores.
Con respecto a la posibilidad de cerrar mercados descendentes, el análisis señaló que, a pesar de su relevancia y popularidad, los juegos de Activision Blizzard, y en particular la serie Call of Duty. – no serían activos esenciales para el rendimiento de los competidores actuales y potenciales de Microsoft en los mercados de las consolas y de la distribución de juegos digitales (considerando, en este último, tanto los mercados digitales como los de los videojuegos servicios de suscripción multijuego para PC y consolas). Por lo tanto, incluso si el catálogo de juegos de activision Blizzard se convirtiera en exclusivo del ecosistema de Microsoft después de la Operación, SG/Cade considera que tal exclusividad no resultaría en una reducción sustancial en los niveles de la competencia en los mercados descendentes, incluso si pudiera traducirse en una ventaja competitiva para Microsoft.
Además, es importante destacar que el objetivo central del desempeño de Cade es la protección de la competencia como un medio para promover el bienestar del consumidor brasileño, y no la defensa de intereses particulares de competidores específicos. Después de todo, no se puede perder de vista que el titular de los bienes jurídicos protegidos por la Ley N° 12.529/2011 es la colectividad, no el competidor/agente económico como individuo. En este sentido, si bien se reconoce que algunos de los usuarios de la consola PlayStation de Sony podrían decidir migrar a Xbox en el caso de que los juegos de Activision Blizzard -y especialmente Call of Duty– se conviertan en EXCLUSIVO DEL ECOSISTEMA DE MICROSOFT, SG/Cade no cree que tal posibilidad por sí sola suponga un riesgo para la competencia en el mercado de consolas en su conjunto.
Finalmente, en relación con la complementariedad entre las actividades de Microsoft y Activision Blizzard en los mercados de publicación de juegos, y especialmente en el segmento de juegos móviles y publicidad en línea , se encontró que el las tenencias de las Partes en estos segmentos, en todos los escenarios examinados, son muy inferiores al porcentaje mínimo considerado a efectos de la presunción de la posibilidad de cerrar el mercado, tal como se define en el artículo 8, IV de la Resolución Cade Nº 33/2022.
Se concluye, por tanto, que las posibles integraciones verticales y complementariedades que pueda generar o reforzar la Operación no suponen riesgos significativos para la competencia, ya que no han sido elementos para inferir el cierre de cualquier mercado relacionado verticalmente.
En vista de lo anterior, se concluye con la aprobación irrestricta de este acto de concentración.
“1128858”
DESPACHO SG nº: 1456/2022
Fusión n°: 08700.003361/2022-46
Demandantes: Microsoft Corporation y Activision Blizzard, Inc.
Abogados: Francisco Todorov, Lorena Nisiyama y Matheus Nasaret
Basado en el §1 del art. 50 de la Ley N° 9.784, de 1999, integro los motivos del Dictamen N° 21/2022/CGAA3/SGA1/SG (SEI N° 1128655) a la presente decisión, incluyendo su motivación. De conformidad con los arts. 13, XII, y 57, I, de la Ley N° 12.529, de 2011, decido aprobar esta fusión sin restricciones.